TECNICO AUXILIAR - Estabilización

Comunidad de Madrid

276

PLAZAS CONVOCADAS

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BOCM 5-11-2021

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Presencial
Martes 17:00 – 20:00

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249 PLAZAS CONVOCADAS

· Tipo de personal: Laboral
· REQUISITOS:
Además de todos los requisitos que se recogen en el apartado quinto.1 de la Orden 1021/2021, de 27 de abril, los siguientes: a) Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes la titulación de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, FP I o Formación Profesional de Grado Medio.
2. El requisito de titulación exigido en el apartado 1.a) de esta base, podrá ser sustituido por tres años de experiencia profesional en la misma categoría o similar.

ejercicios

El sistema selectivo será el de concurso-oposición, siendo la fase de oposición de carácter eliminatorio y pudiendo acceder a la fase de concurso un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
En ningún caso, la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá ser aplicada para superar la fase de oposición.

El contenido del programa de este proceso selectivo tendrá un número total de 10 temas.
El primer y único ejercicio de este proceso selectivo consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test propuesto por el tribunal, compuesto por 40 preguntas que estarán distribuidas de forma equilibrada entre los distintos temas que integran el mismo, proponiéndose por cada pregunta cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta.
Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo y la pregunta no contestada, es decir, aquélla en la que figuren las cuatro respuestas alternativas propuestas en blanco con más de una opción de respuesta, no tendrán valoración, penalizándose con 0,10 puntos cada una de las contestaciones erróneas.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuarenta minutos.

Consistirá en la valoración de los méritos de las personas as-pirantes que hayan superado la fase de oposición, referidos al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, conforme al baremo y puntuación que se recoge en el apartado séptimo.7 de la Orden 1021/2021, de 27 de abril, siendo la forma de acreditación la que se indica a continuación:
— A efectos de acreditar la experiencia profesional: copia de la correspondiente certificación de los servicios prestados expedida por el órgano competente a tal fin en la que, en su caso, conste o de la que se desprenda que han desempeñado funciones vinculadas a la categoría profesional objeto de convocatoria, o, en su defecto, de la documentación complementaria a la mencionada certificación de servicios prestados que resulte acreditativa del desempeño de dichas funciones.
— A efectos de acreditar los cursos oficiales de formación y perfeccionamiento: copia de los diplomas o de los certificados de los cursos de formación, expedidos por
el órgano competente que corresponda.

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PROGRAMA
TECNICO AUXILIAR - Estabilización

  1. Derechos y deberes de los empleados públicos. Código de conducta. Régimen disciplinario. Régimen de incompatibilidades del
    personal al servicio de las Administraciones Públicas.

  2. El principio de igualdad entre mujeres y hombres. La tutela contra la discriminación. El marco normativo para la promoción de la igualdad de género y para la protección integral contra la violencia de género, la LGTBIfobia y la discriminación por razón
    de orientación e identidad sexual. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

  3. Ley 11/2003, de 27 de marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid. Principios y finalidad de los servicios sociales. Derechos y deberes de los ciudadanos en relación a los servicios sociales. Competencias autonómicas y locales.

  4. Organización de los centros, servicios y recursos de servicios sociales en la Comunidad de Madrid. Atención Social Primaria y Especializada. Funciones del Sistema público de servicios sociales.

  5. Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social (Real Decreto-Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre).

  6. Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la Autonomía personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

  7. Atención social a menores, adultos, personas con discapacidad intelectual y mayores en la Comunidad de Madrid. Actuaciones
    y modelos de intervención. La calidad en la prestación de los servicios sociales de la Comunidad de Madrid.

  8. Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia. Protocolos de actuación en los centros de protección de personas menores de edad. La Ley 6/1995, de 28 de marzo, de Garantías de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid. Principios de actuación. Derechos y bienestar de la infancia y de la adolescencia.

  9. Competencias de la Comunidad de Madrid en materia de protección de los meno-res de edad. Tutela y guarda. Funciones de la
    Comisión de Tutela del Menor. Coordinación interinstitucional: Consejos Locales y CAF.

  10. La red de centros de protección de menores de la Comunidad de Madrid. Tipos de centros. La red de centros de atención a personas adultas con discapacidad intelectual. Tipos de centros. Centros específicos para menores con discapacidad. Planes y programas de intervención. Plan de autonomía personal.

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